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https://etesario.ufg.edu.sv/jspui/handle/11592/7375
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | Gómez Colocho, Francisco Javier | es_LA |
dc.contributor.author | Martínez Linares, Fernando José | spa |
dc.contributor.author | Guzmán, Edgard Alberto | spa |
dc.date.accessioned | 2011-02-12 | spa |
dc.date.accessioned | 2015-03-02T23:38:42Z | - |
dc.date.available | 2011-02-12 | spa |
dc.date.available | 2015-03-02T23:38:42Z | - |
dc.date.issued | 2009-08-10 | spa |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/11592/7375 | - |
dc.description.abstract | La agencia oficiosa es una institución jurídica del legislador la ha incluido en el código civil en el art. 2037 y en otros cuerpos legales de nuestro ordenamiento jurídico, tales como código de trabajo(art.5) en la ley de marcas y otros signos distintivos comerciales en el art. 75 inc. 3 entre otros. Particularmente en este trabajo se analizará el proceso para la calificación de las causas para admitir la representación de un gestor de oficio de acuerdo con lo provisto en el art. 75 inc 3 de la ley de marcas y otros signos distintivos comerciales. Esta investigación ha determinado con mayor precisión, las causas que más bien son requisitos que el registrador exige para la admisión del gestor de oficioso, tal como lo establece la ley en mención, se puede colegir que es una discrecionalidad que la ley le da a los registradores ya que para la admisión exigen los requisitos siguientes: a) la persona que desee ser gestor de oficio debe ser abogado de la República y no estar dentro de las inhabilidades establecido por el código de procedimiento civiles en su art 99. b) aplica los casos graves y urgentes, es decir que estos calificativos se refieren al derecho de propiedad que una persona tiene sobre un derecho de propiedad industrial y que este se ve amenazado por un tercero. c) presentar solicitud y rendir fianza de fiel cumplimiento de la gestión la cual asciende a la cantidad de cinco mil colones o su equivalente en dólares. d) demostrar un interés para la realización de la gestión. Este interés está referido a la relación que exista o haya existido entre el titular de derecho y el que pretende ser gestor, es decir, puede ser que el gestor haya sido apoderado del dueño del derecho a inscribir o que su poder o mandato haya caducado. Otra situación que puede darse es que exista un parentesco entre el gestor y el titular. Los requisitos anteriormente citados son los parámetros fundamentales que el registrador considera para admitir o no al gestor oficioso. Es preciso señalar que su cometido dura hasta que se emite el auto de registro del derecho respectivo. La gestión oficiosa puede darse al principio o en el transcurso del proceso de la inscripción del derecho. | spa |
dc.format | application/pdf | spa |
dc.format.extent | 65 p. | spa |
dc.language.iso | spa | spa |
dc.rights | © Universidad Francisco Gavidia, 2009 | spa |
dc.subject | Marcas de fábrica | spa |
dc.title | Calificación de las causas para admitir la presentación de un gestor oficioso de acuerdo con lo previsto en el artículo setenta y cinco de la ley de marcas y otros signos distintivos comerciales | spa |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | spa |
dc.accessRights | info:eu-repo/semantics/openAccess | - |
dc.type.version | info:eu-repo/semantics/acceptedVersion | - |
dc.cutter | G633c | spa |
dc.dewey | 346.0488 | spa |
dc.ciudad | San Salvador | spa |
dc.pais | SV | spa |
dc.edicion | 1ª ed. | spa |
dc.titulo.obtenido | Licenciatura en ciencias jurídicas | spa |
Aparece en las colecciones: | Trabajos de Investigación de Pregrado |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Tamaño | Formato | |
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